lunes, 8 de abril de 2013
jueves, 4 de abril de 2013
CALCULANDO MI IMPUESTO A LA RENTA
Aquí una guía para trabajadores en planilla o que emiten recibos por honorarios.
Los trabajadores con rentas de quinta categoría (en planilla) están obligados a pagar IR si perciben ingresos anuales (sueldos y gratificaciones) mayores a 7 unidades impositivas tributarias (UIT).
Para aquellos que tienen un sueldo mayor, el IR anual se determina, primero, sumando los ingresos del trabajador (sueldos y gratificaciones).
Asimismo, por ley, los trabajadores que emiten recibos por honorarios por un valor mayor a S/.1,500 deben registrar un descuento de 10% como pago adelantado del IR.
Los trabajadores con rentas de quinta categoría (en planilla) están obligados a pagar IR si perciben ingresos anuales (sueldos y gratificaciones) mayores a 7 unidades impositivas tributarias (UIT).
Como la UIT vigente es S/.3,650, el monto en referencia es
de S/.25,550.
Jorge Silva, jefe del departamento legal de la Cámara de
Comercio de Lima, explica: “Si dividimos este monto entre los catorce sueldos,
como guía tenemos que quienes ganan hasta S/.1,825 no deben pagar IR”.
PAGO DIFERENCIADO
Para aquellos que tienen un sueldo mayor, el IR anual se determina, primero, sumando los ingresos del trabajador (sueldos y gratificaciones).
A este monto se le restan 7 UIT (cifra establecida por
Sunat) y, si la cifra resultante es menor a 27 UIT, se le aplica una tasa de
impuesto del 15%.
Si la cifra se ubica entre 27 UIT y 54 UIT, la tasa sería de
21%; y si es mayor a 54 UIT, la tasa es de 30%.
La cifra que se obtenga de ese cálculo será el monto a pagar
de IR. Es decir, prima el principio de que tributan más quienes tienen más
ingresos.
El IR a pagar es descontado en partes iguales en cada sueldo
mensual del trabajador. Si bien todo este cálculo lo hace la empresa, Silva
recomienda revisar estas cifras para evitar descuentos excesivos.
Para el caso de los trabajadores con rentas de cuarta
categoría (recibos por honorarios), el especialista subraya que la tributación
es menor pues a la sumatoria de ingresos anuales se le debe descontar un 20% de
este mismo monto y, luego, se restan las 7 UIT.
A la cifra resultante se le aplica la misma tasa de impuesto
(15%, 21% o 30%), tal como sucede con los trabajadores en planilla.
SOBRE LOS RECIBOS
Asimismo, por ley, los trabajadores que emiten recibos por honorarios por un valor mayor a S/.1,500 deben registrar un descuento de 10% como pago adelantado del IR.
“Cuando el trabajador hace su declaración de renta –entre
marzo y abril de cada año–, registra esos descuentos, y si lo retenido es mayor
al tributo que se va a pagar, debe solicitar una devolución de impuestos a la
Sunat”, precisa Silva.
FUENTE: PERU 21
martes, 2 de abril de 2013
PERFIL DEL PROFESIONAL EXITOSO EN EL PERÚ
20:15
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De acuerdo a un estudio realizado por Ipsos Perú entre altos ejecutivos del sector privado, alcanzar el éxito es sinónimo de lograr metas profesionales, y para ello es necesario sacrificar diversos aspectos de su vida personal; principalmente, compartir tiempo con la familia, los amigos y la pareja. Además, algunos han dejado de lado otros aspectos personales como viajes de vacaciones, hobbies, estudios e incluso han descuidado su propia salud. Estos profesionales, a los que podemos catalogar como exitosos, consideran que han logrado la posición que tienen actualmente gracias a sus habilidades personales y su esfuerzo individual. Solo un tercio de ellos le da el crédito de su éxito a sus estudios de post grado o a la universidad donde hicieron el pre grado. Los profesionales exitosos peruanos dedican muchas horas del día al trabajo, incluso durante los fines de semana y en sus vacaciones. Su perfil altamente competitivo los empuja a un ritmo de vida muy intenso en el cual nunca se desligan por completo de sus responsabilidades empresariales.
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Desrcarga el estudio completo AQUI
http://www.ipsos.pe/Profesionales_de_exito
FUENTE:IPSOS PERÚ